El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) resolvió declarar “irregular e ineficaz a los efectos administrativos” la asamblea celebrada el pasado 7 de noviembre por la Cooperativa San Roque y durante la que se modificó su objeto social para permitirle incursionar en la prestación del servicio de gas natural.
En resolución el INAES intimó a la institución para que “dentro del término que a tales efectos fije” la dirección de Supervisión Cooperativa y Mutual “a convocar nuevamente a asamblea a los mismos fines y efectos que la llevada a cabo el citado día 7 de noviembre, dando acabado cumplimiento a lo establecido por el ordenamiento jurídico en lo que atañe a la convocatoria, notificación a los asociados, celebración y documentación posasamblearia”.
Cabe recordar que la cuestionada asamblea se llevó a cabo apenas cinco días antes de que el municipio anunciara la intención de crear una sociedad con la Cooperativa San Roque para reemplazar a Carlos Paz Gas en la prestación del servicio de gas natural.
Para poder avanzar en la creación de esta empresa era necesario modificar el objeto social ya que, hasta ese momento, la entidad estaba limitada a la prestación de servicios de agua y electricidad.
De acuerdo a la información que posee el INAES, solo participaron de dicha asamblea virtual 14 asociados (siete consejeros titulares, tres consejeros suplentes, una síndica titular, una síndica suplente y dos asociados), aprobándose la reforma del objeto social con 11 votos.
En los fundamentos de su decisión, el INAES remarcó que a la fecha de la asamblea la Cooperativa San Roque se encontraba con su autorización para funcionar suspendida en virtud de lo establecido por la Resolución N.º 1864/19, lo que fue resaltado por los veedores que participaron.
Esta suspensión implicaba que la cooperativa no podía llevar a cabo ninguna actividad relacionada con su desenvolvimiento institucional y cumplimiento del objeto social hasta tanto no diera cumplimiento a la Actualización Nacional de Datos, lo que ocurrió recién el 11 de diciembre de 2020.
Por otro lado se advierte que no surge de la documentación preasamblearia presentada ante el INAES que se haya acompañado el texto de la reforma del objeto social que se proponía: “Esto contraría expresamente lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley N.º 20337 y lleva a sospechar (tal como expresan los veedores en su informe) que tampoco fue puesto a disposición de los asociados en tiempo y forma”.
En la resolución fechada el 30 de marzo se detalla, además, una larga lista de documentación administrativa e institucional que la Cooperativa San Roque adeuda al INAES.
Fuente: La Jornada Web