El Poder Judicial volvió a rechazar un juicio abreviado por el asesinato de Jonathan Romo

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“El caso se trata, pues, de una muerte acaecida en un contexto de encierro o, mejor dicho, de un deceso en custodia, definido más precisamente como aquella muerte “(…) que ocurre en los sujetos que se hallan bajo el cuidado, tutela y/o protección de una institución, comprendiendo las destinadas a (…) los sujetos privados de su libertad detenidos, procesados o condenados…”, cuya trascendencia está dada en que “…la condición de custodia de una persona implica, para quien la asume, el deber de cuidado y vigilancia concerniente a la indemnidad del sujeto.

Caso, de gran repercusión pública, por lo demás, y de los denominados difíciles para su mejor conocimiento, que encuentra origen en una presunción de actos de violencia que desencadenaron el resultado jurídico, y en cuyo asunto -de conformidad a las imputaciones dadas- se encuentra implicado personal de las fuerzas de seguridad de la provincia, algunos imputados por encubrimiento en el marco de ciertas ayudas, favorecimiento personal y/u omisiones de datos, todo lo cual amerita, pues, un tratamiento profundo de la prueba recabada que sólo puede lograrse mediante el desarrollo de un juicio oral”.

Con estas palabras, el juez de control de la ciudad de Cosquín, Ramiro José Núñez, resolvió por segunda vez rechazar el pedido de juicio abreviado para los policías involucrados en el asesinado de Jonathan Romo, ocurrido el 10 de julio de 2022 en la comisaría de La Falda.

La resolución fue dictada el 17 de diciembre e insiste en que la causa debe llegar a juicio oral y público, con la convocatoria a jurados populares a los fines de que allí pueda vislumbrarse toda la prueba colectada.

“Precisamente, por la gravedad del caso, por su difícil elucidación y por ciertas anfibologías reinantes que conllevan un mejor conocimiento de la prueba, deviene necesario el juicio oral y público a los fines de dilucidar la verdad real o histórica de lo acontecido, sobre todo en aquél tramo o secuencia del hecho que corre desde la aprehensión y traslado de la víctima en móvil policial hasta su puesta -boca abajo, esposado y con las manos hacia atrás- en la alcaidía del local policial, pues tampoco puede (ni debe) soslayarse que aun la calificación jurídica propuesta por la cámara de apelaciones pueda variar y verse modificada –como se dijo- en función de nuevas u otras circunstancias o datos que desentrañe el juicio común, pudiendo, incluso, ser más beneficiosa o más gravosa para todos o algunos de los imputados en esta ocasión, todo lo cual exige necesariamente un mayor conocimiento de los hechos, lo que solamente puede lograrse mediante un debate oral, público, contradictorio y continuo, y no mediante un simple acuerdo de partes”, se lee en otro tramo de la resolución.

Para el abogado de la familia de Jonathan Romo, Gustavo Pérez, se trata de un paso clave para poder llevar la causa a juicio. “El propio juez señala que este tipo de delitos requieren que esté presente la sociedad toda, porque se trata de abusos institucionales que lamentablemente se repiten”, remarcó el letrado, en diálogo con VillaNos Radio.

Una causa intrincada

Recordemos que la investigación comenzó en la Fiscalía de Instrucción de Cosquín, a cargo en ese momento de Raúl Ramírez, quien en 2024 resolvió plantear el pedido de elevación a juicio contra seis policías involucrados: Manuel Ángel Aguilera, Walter Darío Geri, Hernán Ezequiel Suárez Guevara y Juan Pablo Zunino, imputados como supuestos coautores del delito homicidio calificado por abuso funcional; y Pablo Antonio Zárate y Lucas Emanuel Giménez como supuestos coautores del delito de encubrimiento agravado.

En mayo de 2025, la Cámara Criminal y Correccional de Villa Dolores moderó las acusaciones. Para Manuel Ángel Aguilera, Hernán Ezequiel Suárez Guevara y Walter Darío Geri la imputación pasó de homicidio calificado a homicidio con exceso en el ejercicio de un cargo, una figura culposa con penas de uno a cinco años, muy lejos de la prisión perpetua que enfrentaban inicialmente.

También cambiaron las imputaciones de Pablo Antonio Zárate y Lucas Emanuel Giménez, que pasaron de encubrimiento agravado a encubrimiento calificado por su calidad de funcionarios públicos. Mientras que a Juan Pablo Zunino le dictaron falta de mérito tras haber sido acusado de homicidio calificado.

Romo murió mientras se encontraba detenido, reducido y esposado, en un estado crítico de salud mental.

Luego de la resolución en Villa Dolores la familia Romo quedó sin la posibilidad de recurrir en casación y el caso pasó a la Cámara del Crimen de Cruz del Eje para el desarrollo del juicio. Desde este tribunal, el presidente Javier Rojo devolvió el expediente a Cosquín al advertir que los imputados no habían sido notificados personalmente de la nueva calificación legal, aunque sí lo habían sido sus defensores.

Ya en Cosquín, el fiscal Nelson Lingua recibió a fines de octubre del 2025 el pedido de juicio abreviado para Aguilera, Suárez Guevara y Geri, e intentó acordar con los defensores una condena de un año y seis meses de prisión. La querella expresó su rechazo, aunque su posición no es vinculante en dicha instancia.

“La muerte de Jonathan Romo fue producida por asfixia mecánica, producto de los golpes recibidos. Murió esposado, dentro de la alcaldía, algo que no debería haber ocurrido jamás”, afirmó el abogado de la familia de Romo y subrayó que estos extremos deberán ser probados en el debate oral con testimonios y peritajes forenses.

En este sentido bien vale subrayar otro punto relevante de la resolución del juez Núñez que no descarta que durante el juicio puedan surgir nuevas responsabilidades penales.

Desde la familia de la víctima insisten en que las sucesivas dilaciones generan sospechas. “Todo este ir y venir no hace más que dilatar la causa. Nos preguntamos por qué se demora tanto, por qué se cambian las calificaciones cuando ya había un requerimiento de citación a juicio”, expresó Pérez.

La expectativa de la querella es que la Cámara del Crimen de Cruz del Eje se expida antes de fin de año y habilite finalmente el juicio oral. “Queremos un juicio oral, público y con jurados populares, para que la sociedad conozca lo que realmente pasó. Solo así Jonathan Romo podrá descansar en paz”, concluyó.