Ex detenidos desaparecidos y familiares de víctimas del terrorismo de Estado presentaron un escrito ante el Tribunal Oral Federal N°1 de Córdoba para rechazar el pedido de prisión domiciliaria solicitado por el represor José Luis Yáñez, condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
La presentación fue firmada por sobrevivientes y familiares vinculados a las causas de Campo de la Ribera y La Perla, con patrocinio del abogado Pablo Ramiro Fresneda.
Entre los firmantes se encuentra Dardo Silem, ex detenido desaparecido y ex dirigente del gremio bancario, quien en diálogo con VillaNos Radio cuestionó el planteo del múltiple condenado. “La actitud que han tenido ellos permanentemente hacia las víctimas y hacia los familiares, nos hace pensar que se merecen estar en la cárcel”, expresó.
Yáñez fue condenado por más de 70 hechos de privación ilegítima de la libertad agravada y por 146 hechos de tormentos agravados. Según el escrito presentado, el ex integrante del Destacamento de Inteligencia General Iribarren “no demuestra conciencia subjetiva del daño causado, ni intención de reparación, ni el más mínimo arrepentimiento”.
Uno de los ejes centrales de la presentación apunta a la falta de notificación directa a las víctimas sobre el trámite judicial. Los firmantes sostienen que el tribunal sólo notificó a abogados querellantes y que muchas víctimas quedaron excluidas de la posibilidad de expresarse.
En ese sentido, el escrito señala que se está vulnerando la Ley 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, que reconoce expresamente el derecho “a ser informada y a expresar opinión” ante pedidos de prisión domiciliaria.
“Lo que nosotros hemos reclamado siempre, en mi caso personal como víctima, es el derecho a la información”, afirmó Silem. “La justicia debería permanentemente informar. En algunos casos se hace y en otros no”.
El núcleo del rechazo al beneficio se basa en la falta de colaboración de Yáñez con el esclarecimiento de los crímenes. Los firmantes sostienen que el represor continúa guardando silencio sobre el destino de desaparecidos y bebés apropiados.
“Yáñez —como los demás condenados en causas de lesa humanidad en Córdoba— continúa ocultando información y sigue cometiendo delitos porque siguen ocultando el destino de las víctimas desaparecidas”, afirma el documento judicial.
Para los sobrevivientes, ese silencio constituye una forma de daño permanente hacia las familias. “Cada día que oculta la verdad sigue torturando psicológicamente a sus nuevas víctimas: los familiares de los desaparecidos”, agrega la presentación.
En abril de 1976 Sillem fue cesanteado de su trabajo bancario y, en diciembre de 1977 fue detenido-desaparecido, permaneciendo cautivo en el centro clandestino La Ribera, donde sufrió torturas. Fue testigo en juicios por delitos de lesa humanidad como en la Megacausa La Perla, donde declaró sobre los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.
La defensa de Yáñez fundamentó el pedido en su edad —más de 70 años— y en problemas de salud. Sin embargo, los denunciantes sostienen que no existen razones médicas graves que justifiquen el beneficio.
“El informe médico dice que no tiene nada grave. Son dolencias propias de la vejez. No constituye una causa justificada”, expresó Sillem.
El escrito también remarca que el Servicio Penitenciario de Córdoba cuenta con recursos médicos suficientes para atenderlo dentro del penal de Bouwer.
“Puede convertirse en una forma de impunidad”
La presentación cita jurisprudencia nacional e internacional para advertir que beneficios indebidos en casos de lesa humanidad pueden derivar en impunidad. El documento recuerda un reciente fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que sostuvo que “no puede conmutarse o reducirse la respuesta punitiva impuesta” en este tipo de delitos.
También recupera doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, según la cual el otorgamiento indebido de beneficios “puede eventualmente conducir a una forma de impunidad”.
Vale recordar que durante el año 2020, en el contexto de la pandemia de COVID-19, el Poder Judicial argentino rechazó al menos tres pedidos de prisión domiciliaria presentados por la defensa de Yáñez. Su defensa alegaba síntomas de coronavirus y problemas de salud previos (hipertensión, apnea del sueño), pero los peritajes forenses determinaron que su estado no ameritaba el beneficio y que podía continuar cumpliendo su pena en prisión efectiva.
Ahora será el Tribunal Oral Federal N°1 el que deberá resolver si concede o no la prisión domiciliaria al represor condenado.
